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Principios y objetivos del IPSP

Como quería saber más del IPSP de Guatemala, decidí solicitarle al Licenciado Jesús Alvarado Mendizábal, ex presidente y fundador del Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP) de Guatemala, algunos detalles de cómo se inicio esa institución y sobre que principios estaba fundada.

El artículo que recibimos fue este:

PRINCIPIOS Y OBJETIVOS DE UN SISTEMA DE PREVISIÓN SOCIAL

Por: Lic. Jesús Alvarado Mendizábal

Cuando en septiembre de 1989 presidí la Junta Directiva de la Asociación de Periodistas de Guatemala y presenté a su consideración el anteproyecto de Decreto y la exposición de motivos para crear lo que más tarde se convirtió en el Instituto de Previsión Social del Periodista, muy poco sabía de ese régimen.

Fue muy valioso para mí, cuando el entonces Presidente de la APG en el período anterior (1988-1989), el recordado colega y querido amigo Héctor Cifuentes Aguirre, promovió mi nombramiento para encabezar la delegación que asistió a Tegucigalpa, Honduras, porque me dio la oportunidad de observar detalles de la organización del Instituto que bajo el control del Colegio de Periodistas de Honduras, tenía varios años de proteger a los colegas hondureños.

Al principio, eran muy vagos los conocimientos que tenía sobre lo que era un régimen de previsión social. Pero cuando presentamos el anteproyecto al Congreso de la República me preocupé por conseguir la mayor información posible de un campo que hasta ese momento era casi desconocido.

Después de recibir el apoyo de la Junta Directiva de la APG y las gestiones realizadas, se logró que el Congreso de la República emitiera el Decreto 56-90 y por fin llegamos al funcionamiento del Instituto, no sin antes salvar numerosos obstáculos que se atravesaron en su organización. En esta fase recibimos el apoyo de otro gran amigo y destacado miembro del foro guatemalteco: el licenciado Edgar Alfredo Balsells Tojo, (qepd) quien primero como amigo y después como asesor jurídico nos proporcionó valiosa ayuda.

En una oportunidad, el licenciado Balsells Tojo, en uno de los dictámenes me expresó lo siguiente:

“El Instituto de Previsión Social del Periodista fue creado por ley de la República. Su organización y fines están basados en la ley de su creación; por tal razón es un ente de Derecho Público y sus facultades deben ser reglamentadas. De esa consideración tiene que evidenciarse que el principio jurídico de que puede hacerse lo que no está prohibido en la ley no tiene aplicación, ya que éste se aplica a las relaciones de estricto derecho civil. Las entidades públicas se rigen por principios de Derecho Administrativo, exigiéndose que sus facultades sean regladas, razón por la que en estos casos el principio a aplicarse es que sólo pueden hacer lo que está reglado que hagan, o sea el ámbito de sus facultades… indicando también –desde ya- que la Asamblea General no puede legalmente adoptar decisiones que violen la ley”.

Cuando he ocupado algún puesto en el Consejo Directivo del Instituto, esa opinión ha sido mi guía para no desviarme del camino correcto.

Al principio, eran muy vagos los conocimientos que tenía sobre lo que era un régimen de previsión social. Pero cuando presentamos el anteproyecto al Congreso de la República me preocupé por conseguir la mayor información posible de un campo que hasta ese momento era casi desconocido. De esa suerte, logré reunir lo que he llamado principios y objetivos de un sistema de previsión social que en esta oportunidad deseo compartir con quienes se interesan por el tema de la previsión social. Algunos de ellos los encontré en documentos y libros que fue necesario consultar y aunque seguramente pueden adicionarse otros, por lo menos constituyen un punto de partida que nos sirva de guía para aplicarlos siempre en lo que constituye la mayor conquista que para (y no del) el gremio periodístico nos dejó el siglo veinte: el Instituto de Previsión Social del Periodista, creado no sólo para hoy sino también para las futuras generaciones, incluso las que no han nacido. Esos principios y objetivos son:

  1. El Instituto es una institución financiera técnica, permanente y perdurable para proporcionar prestaciones sociales a los periodistas afiliados, sin privilegio alguno.
  2. En el otorgamiento de prestaciones prevalecerá el criterio técnico sobre cualquier concepto emotivo para no arriesgar el derecho de todos los afiliados.
  3. Cada prestación tiene un costo que será cubierto con fondos previamente acumulados o aportados, con independencia de criterio y alejado presiones internas o externas.
  4. Debe establecerse una adecuada previsión y planificación de los ingresos para atender los compromisos correspondientes a las prestaciones y a la formación de reservas.
  5. El Instituto mantendrá y fortalecerá la pureza de las operaciones y funciones del capital sin desviarlo de sus objetivos ante presiones de cualquier naturaleza.
  6. Los ingresos regulares no deben soportar todo el peso de las prestaciones. Se requerirá un permanente incremento de recursos mediante sanas inversiones rentables.
  7. El patrimonio del Instituto tiene un destino específico, sin desviaciones de ninguna clase. No deberá utilizarse para otros fines al margen de la ley y los reglamentos.
  8. El Instituto proyectará un plan financiero capaz de producir autofinanciamiento con alto grado de solvencia y adecuada liquidez; por ejemplo, un centro hospitalario abierto, no exclusivo.
  9. El modelo operativo financiero del Instituto evitará en todos los períodos y no solo en un año, situaciones deficitarias entre ingresos y egresos.
  10. El capital inicial jamás deberá ser utilizado para cubrir cualquier posición deficitaria.
  11. Será elaborada una planificación financiera que claramente especifique la disponibilidad de recursos para cada erogación sin dañar el régimen.
  12. El constante aumento de los afiliados y por tanto de las prestaciones, requerirá mayores reservas para evitar la destrucción del sistema.
  13. Para que exista un fondo de previsión sólido, el excedente entre ingresos y egresos mantendrá un permanente y satisfactorio equilibrio financiero.
  14. No se debe caer en emotividad que conduzca a beneficios de utopía, por el riesgo de auto destrucción del régimen si se comienza a erosionar el capital inicial.
  15. Cualquier prestación que se conceda, estará respaldada por una reserva que garantice que no será disminuida en previsión de o motivada por desajustes financieros.
  16. El Instituto fue diseñado y concebido para proporcionar protección social a los actuales pero también a los futuros afiliados.
  17. De lo expresado, se concluye que no deberá concederse ningún nuevo beneficio o prestación sin un estudio actuarial previo.Jesús Alvarado Mendizábal

5 respuestas a «Principios y objetivos del IPSP»

yo quisiera saber si es cierto eso que dicen por ahi, que el señor castro hasta cambio de carro y sus trajes cuando por fin llego a la presidencia…

que un miembro del consejo hasta casa hizo..

Siempre he pensado en que todos debemos gozar de previsión social. Soy una persona inversionista y por ende futurista. Voy a enterarme más para poder ayudar a que los pastores evangélicos tengan un fondo de previsión social, ya que son siervos de Dios, y aunque Dios no los abandona, deben tener una buena vida en su senectud o longevidad.

Quisiera informacion del IPSP, para incribirme ya que La Oficina Creativa se ha dedicado a realizar todo tipo de impresion informativa impresa, alguien me puede ayudar tengo aproximadamente de trabajar como unos diez años en este medio pero nadie me habia informado del IPSP, mi cel 526452228

Me podrian enviar en formato digital la ley que regula el timbre de prensa. mil gracias.

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